Conciliación
En los casos en los que las partes no se pongan de acuerdo sobre el importe de la deuda, puede ser interesante recurrir a la conciliación como posible Medio de Solución de la Controversia (MASC).
En esos casos, podemos intervenir como tercero neutral por acuerdo de los implicados o de sus representantes legales, promoviendo un acuerdo extrajudicial que ponga fin al debate.
El ejercicio coherente de la abogacía durante más de 20 años, nos permite disfrutar del respeto y consideración de los compañeros de profesión, avalando nuestra idoneidad como conciliadores.
Este proceso lo realizaremos con el apoyo de medios telemáticos, con intervención de los abogados de parte o sin ella. Los letrados siempre serán bien recibidos y jugarán un papel decisivo en la redacción de un eventual acuerdo.
En caso de no ser posible alcanzarlo, emitiremos la certificación de haberlo intentado, con los requisitos establecido por el art. 4 de la Ley 1/2025.


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