Asistencia legal en el cobro de deudas
Inscripción en el Registro de Impagados Judiciales (RIJ) y formulación de Oferta Vinculante
En Linares & Asociados, nos especializamos en la reclamación extrajudicial de deudas, ofreciendo la inscripción en el Registro de Impagados Judiciales del Consejo de la Abogacía Española.
Hacemos visible el impago al mercado en general y a las instituciones bancarias en particular, condicionando así la renovación o nueva financiación del deudor, quien se verá persuadido al pago para no entrar o salir del fichero de morosidad.
Te ayudamos a cobrar deudas y recuperar la tranquilidad que te quitaron los impagos. Lo hacemos a través de dos vías:
El intento de un "Medio Adecuado de Resolución de Conflictos" (MASC), previo a la vía judicial
Con la entrada en vigor el 3 de abril de 2025 de la Ley 1/2025, se establece el requisito de intentar un arreglo extrajudicial con carácter previo a la interposición de demanda.
Lo más común en deudas dinerarias es la formulación de una "Oferta Vinculante", siendo preceptivo que el acreedor se auxilie de un abogado cuando la cuantía de la deuda sea superior a 2.000€.
La inscripción de la deuda en el RIJ
Beneficios del Registro de Impagados Judiciales en el recobro de deudas
Bienvenido/a,
Mi nombre es Rafael Linares. Soy mediador, abogado ejerciente con más de 20 años de experiencia, investigador y divulgador jurídico.
Mi tesis doctoral tiene como objeto el Registro de Impagados Judiciales (RIJ). Este novedoso fichero de morosos es sin duda una potente arma de lucha contra la morosidad. Particularmente, en un momento de manifiesto colapso de la administración de justicia española.
El RIJ (Registro de Impagados Judiciales) es el único fichero de morosos con respaldo legal gestionado por el Consejo General de la Abogacía Española. Esta herramienta innovadora permite registrar deudas de cualquier naturaleza, tanto de particulares como empresas, cuya existencia anteriormente permanecía oculta.
El RIJ actúa no solo como registro, sino como mecanismo de presión legal y reputacional que incentiva el pago de la deuda, evitando que esta quede silenciada.
Este registro de morosos es consultado de forma cotidiana por el sector bancario, de manera que el "scoring" del deudor inscrito se ve comprometido, cerrándosele el acceso a nueva financiación o a la renovación de la que ya viniera disfrutando. Con ello se ve alentado a regularizar el impago. Estudios empíricos atestiguan como la inclusión en ficheros de morosidad aumenta hasta en un 20% las posibilidades de recobro.
El RIJ está posibilitando casos de éxito notables, llegándose a recuperar en 52 días compromisos que llevaban años impagados (leer noticia en el diario económico "Cinco Días")




¿Qué deudas se pueden inscribir en el Registro de Impagados Judiciales?
Al Registro de Impagados Judiciales tienen acceso deudas de cualquier naturaleza, siendo indiferente si el deudor es una persona física o jurídica, o si el acreedor es un particular o un empresario.
Este fichero de morosidad ha venido a transformar el escenario tradicional en el que la publicidad y difusión de deudas se limitaba a compromisos financieros y/o de "utilities" (suministros).
En acreditación del impago es válido cualquier soporte documental que fuera igualmente apto para una reclamación judicial de la deuda.


Si necesitas cobrar facturas, usa el RIJ
Si tienes facturas comerciales impagadas, el Registro de Impagados Judiciales (RIJ) es una herramienta legal eficaz para recuperar tu dinero. Al registrar una deuda en el RIJ, alertas a bancos, aseguradoras y otras empresas sobre el moroso, ejerciendo presión para que pague cuanto antes.
Esto aumenta las probabilidades de cobro, protege tu reputación como acreedor y fortalece tu posición en futuras acciones legales.
✅ Ideal para autónomos, pymes y empresas que quieren cobrar sin costes excesivos.
✅ Compatible con procesos monitorios.
✅ Más rápido y efectivo que la vía tradicional.


Muy útil en el impago de pensiones
Cuando un progenitor incumple con el pago de la pensión alimenticia o compensatoria, no solo está desobedeciendo un convenio o una orden judicial; está desentendiéndose de sus propias responsabilidades hacia sus hijos. El Registro de Impagados Judiciales (RIJ) permite visibilizar ese incumplimiento de forma pública y legal.
Al registrar el impago en el RIJ, esta deuda queda reflejada ante bancos, aseguradoras y empresas, tiene lugar un reproche social adicional que erosiona el perfil reputacional de un deudor que no atiende las necesidades más básicas de sus descendientes.
El RIJ no es solo una herramienta de cobro: es un altavoz que deja claro quién cumple y quién no con sus obligaciones como progenitor.


Válido para el impago de alquiler
Si eres propietario y tu inquilino ha dejado de pagar el alquiler, el Registro de Impagados Judiciales (RIJ) es una solución legal y efectiva para reclamar esas rentas.
La presión reputacional se incrementa en estos casos, ya que alguien que no atiende sus necesidades más básicas, como el pago de su vivienda, difícilmente se preocupará de atender otros compromisos bancarios.
Verá así vedado el acceso a nueva financiación o a la renovación de los productos bancarios de los que viniera disfrutando.
✅ Es ideal para pequeños propietarios y gestores de alquileres, especialmente cuando la respuesta judicial es lenta y tardía.


El RIJ y la reclamación de deudas laborales
Si has trabajado y no te han pagado lo que te corresponde —salario, finiquito o indemnización—, puedes incluir esa deuda en el Registro de Impagados Judiciales (RIJ) y ejercer presión real sobre la empresa deudora, afectando la reputación financiera de la empresa.
Fuerza legal y visibilidad ante todo el sector financiero.
✅ El refuerzo ideal al procedimiento judicial.
Muchas empresas no temen a las demandas, pero sí a perder reputación empresarial. Con el RIJ, la deuda ya no queda entre tú y ellos: el mercado lo sabrá.
(En caso de indemnización por despido debe estar reconocida o declarada su improcedencia).


Especialistas en el cobro de impagados
Nos llena de satisfacción que desde el propio Registro de Impagados Judiciales (RIJ), nos reconozcan como profesionales especialmente indicados a efectos de su utilización práctica. Creemos ciertamente en su incuestionable valor en la lucha contra la morosidad, y en sus posibilidades de recobro, teniendo un efecto persuasivo en el deudor.
Su Director General, Enrique Rodríguez Zarza, nos refiere en los siguientes términos:
“Nos parece digno de mención que un abogado de la talla procesalista de Rafael Linares, entendiera que el Registro de Impagados Judiciales (RIJ) podía ser sugerente como objeto de su tesis doctoral.
Consecuencia tanto del uso cotidiano por su parte de la herramienta, como de su labor investigadora en materia de morosidad, es un profesional perfectamente conocedor de las posibilidades que la herramienta ofrece.
Además de su dominio técnico, destaca por su enfoque estratégico a la hora de integrar el RIJ en la gestión de cobros, convirtiéndolo en una palanca real de recuperación de deuda para sus clientes. Su metodología combina rigor jurídico y eficacia operativa, combinación altamente valiosa.
Sin duda, Rafael Linares es uno de los abogados más capacitados para explotar al máximo el potencial del RIJ”.


La reclamación de deudas mediante oferta vinculante
La oferta vinculante, introducida por la Ley 1/2025 en el marco de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC), no solo puede ser una vía eficaz para evitar el juicio, sino que se convierte en un requisito de procedibilidad.
Esto significa que, antes de acudir a los tribunales, la parte reclamante debe intentar previamente un mecanismo de resolución amistosa, inadmitiéndose la demanda si no se ha hecho.
Existe libertad en la elección del MASC a emplear. Si bien, la oferta vinculante resulta particularmente idónea en casos de deudas monetarias, impagos contractuales o facturas no satisfechas.
Cuando la cuantía del asunto supera los 2.000 euros, se exige que el acreedor esté asistido por abogado. Esta medida garantiza que se observen todas las garantías legales, evitando nulidades o rechazos por defectos formales.


La Conciliación como herramienta de cobro de impagos
En los casos en los que las partes no se pongan de acuerdo sobre el importe de la deuda, puede ser interesante recurrir a la conciliación como posible Medio de Solución de la Controversia (MASC).
En esos casos, podemos intervenir como tercero neutral por acuerdo de los implicados o de sus representantes legales, promoviendo un acuerdo extrajudicial que ponga fin al debate.
El ejercicio coherente de la abogacía durante más de 20 años, nos permite disfrutar del respeto y consideración de los compañeros de profesión, avalando nuestra idoneidad como conciliadores.
Este proceso lo realizaremos con el apoyo de medios telemáticos, con intervención de los abogados de parte o sin ella. Los letrados siempre serán bien recibidos y jugarán un papel decisivo en la redacción de un eventual acuerdo.
En caso de no ser posible alcanzarlo, emitiremos la certificación de haberlo intentado, con la Ley 1/2025.


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